Ley 24.240

Artículo 32Venta fuera de establecimiento

El artículo 32 es una de las infracciones detectadas con mayor frecuencia en los casos analizados.

¿Qué dice este artículo?

Cuando se celebra un contrato fuera del establecimiento comercial del proveedor (venta domiciliaria, en la calle, etc.), debe instrumentarse por escrito con todas las formalidades que la ley exige.

Infracción frecuente en los casos analizados

¿Creés que una empresa violó tus derechos?

Te ayudamos a hacer valer tus derechos como consumidor. Simple, rápido y gratuito.

Iniciar reclamo